SOBRE LA
LEY NACIONAL Y LOS COLEGIOS PROFESIONALES
DE TRABAJO SOCIAL
(Exposición realizada en el Salón
Ramón Carrillo del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación , el 20 de agosto de
2014, en ocasión de la presentación del Anteproyecto de Ley Federal de Trabajo
Social).
Prof.
Norberto Alayón
En primer término quiero agradecer a la Federación Argentina
de Asociaciones Profesionales de Servicio Social (FAAPSS) y en particular a su
Presidenta, la Dra. Silvana
Martínez, por esta invitación que me formularon para compartir con ustedes
algunas reflexiones sobre esta temática tan importante para nuestra profesión,
como es la referida a la sanción de una Ley Federal y a la vigencia y
funcionamiento de los Colegios profesionales.
En ese sentido me propongo comentarles, para iniciar, lo que
yo mismo escribí sobre el tema hace ya casi 46 años:
“Es de fundamental
importancia y necesidad la creación de vigorosas y reales Asociaciones o
Sindicatos a nivel provincial que agrupen a los profesionales de Servicio
Social y les posibilite una activa participación en pro de la jerarquización de
la profesión que los une. Esto daría lugar con posterioridad a la creación de
una Federación Nacional de profesionales, la cual mostraría una imagen de cohesión
y fuerza que depararía utilísimos resultados”.
“Dichas asociaciones
protegerían y respaldarían integralmente el accionar profesional y las
situaciones laborales de todos sus asociados”.
También proponía la
sanción de una Ley nacional para la profesión y la unificación del nombre de la
profesión y de sus profesionales.
Lo escribí en septiembre de 1968 y el artículo (“Servicio
Social de hoy”) fue publicado en la revista “Hoy en el Servicio Social” Nº 16-17,
de abril/mayo de 1969 (Buenos Aires - Editorial ECRO). Luego se volvió a
publicar en 1971, integrando el libro “ABC
del TS latinoamericano”, escrito con otros dos colegas de la Editorial ECRO.
Sobre la ley profesional quiero dar cuenta brevemente de
algunos viejos antecedentes, recordando que las provincias de Misiones y Río
Negro fueron pioneras en sancionar leyes referidas a nuestro ejercicio
profesional:
1) El 20 de noviembre de 1961 se aprobó en la Cámara de Senadores el
proyecto de ley que había sido presentado por los senadores Aníbal Dávila (de la UCRI ) por Corrientes y Carlos
Alberto Lebrero (de la UCRI )
por Santa Cruz. El texto comenzaba con la afirmación de “Reconócese como
profesión el ejercicio de la Asistencia
Social …”. Y planteaba la siguiente definición: “A los efectos
de su ejercicio defínese el Servicio Social como actividad destinada a promover
el bienestar social mediante el diagnóstico, tratamiento y prevención de los
desajustes socio-económico-culturales de los individuos, grupos y comunidades,
como también la organización y administracion de servicios de Bienestar Social,
la investigación social, la política social y la acción social”. El proyecto
habilitaba el desempeño de quienes no hubieran cursado estudios, respetando el
cumplimiento del siguiente articulado: “Las personas que al día de la
publicación de esta ley se encontraren ejerciendo el Servicio Social en forma
de empleo, cargo o comisión, con una antigüedad mayor de 10 años, sin poseer título habilitante (destacado
mío), contarán con un plazo de cinco años para encuadrarse dentro de las
exigencias de la ley”. Esta ley no entró en vigencia, al no haberse obtenido la
otra media sanción de la Cámara
de Diputados.
2) En 1965, el diputado Dante Oscar Tortonese de la Unión Cívica Radical
Intransigente (UCRI), por la
Provincia de Buenos Aires, presentó un nuevo proyecto de ley.
El mismo hacía referencia al “ejercicio profesional del Servicio Social (Agente
Polivalente del Servicio Social)”. Entendiendo “por profesional del Servicio
Social a toda persona cuyos conocimientos y técnicas le permitan actuar como
agente polivalente en la promoción de la salud pública y en la investigación de
todas las causas, directas o indirectas que obran en la producción de un estado
de necesidad comprobada, teniendo en cuenta los problemas o desajustes físicos,
mentales, morales, jurídicos o económico-sociales que afectan al individuo, al
grupo o a la comunidad”. Fundamentaba que “el servicio social cumpliría su
verdadera finalidad, que es mejorar el bienestar, adaptar socialmente al
individuo, la familia y la colectividad”. Proponía, a la vez, la creación de un
“Consejo Profesional, el que ejercerá el control y registro de la matrícula”. El
proyecto no fue aprobado.
3) Otro proyecto de ley, que tampoco fue aprobado, fue
presentado en 1975 por el diputado Carlos Auyero del Partido Demócrata Cristiano.
En el mismo se definía al Servicio Social “como la actividad profesional que
realizan los egresados de las escuelas, institutos o facultades de servicio
social o trabajo social, oficiales o privados, nacionales o provinciales
legalmente reconocidos, siendo su objetivo la promoción humana y social de
personas, grupos sociales y comunidades, mediante la intervención directa en
las situaciones conflictivas y estados de necesidad producto de las condiciones
socioeconómicas y culturales del medio. La prevención de dichas situaciones a
través de la participación en equipos interdisciplinarios en tareas de
investigación, planificación, coordinación, ejecución y evaluación de programas
de promoción, asistencia social, educación, vivienda, salud pública y seguridad
social; la formación, organización, conducción y administración de servicios de
bienestar social públicos o privados y el asesoramiento en la determinación de
políticas sociales”. Significativamente, se destacaba que “la formación de
profesionales de servicio social es competencia exclusiva de las universidades
nacionales, provinciales o privadas reconocidas. Las escuelas no universitarias
existentes a la fecha de promulgación de la presente ley contarán con un plazo
de cinco años para su incorporación o anexión a un establecimiento
universitario”.
Retornando al tema de los Colegios profesionales, quiero
mencionarles lo que manifesté en el año 2004, en el Seminario de cierre de la Maestría en Trabajo
Social de la Escuela Superior
de Trabajo Social de la Universidad Nacional
de La Plata. En
esa ocasión señalé que:
“Entendemos que los
colegios y organizaciones profesionales, al constituirse en un eje de poder y
presión pública que vehiculice legítimos derechos de la comunidad, pueden
generar una importantísima contribución en el campo social y político. Para
concluir, enfatizamos que las instituciones educativas y los colegios
profesionales que, con rigor y compromiso, se expidan permanentemente sobre la
problemática social que afecta a una enorme parte de la población, pueden
producir un excelente aporte para la generación de un nuevo estilo de
funcionamiento social.”
Esto está publicado en la Revista “Escenarios” Nº 8 - ESTS - Universidad
Nacional de La Plata
- Septiembre 2004. (Artículo “Dimensión política del Trabajo Social - Su aporte
a un proyecto de país”).
Finalmente quiero compartir con ustedes lo que escribí en
octubre de 2009:
“Como es sabido, aún persisten posicionamientos tradicionales que
conciben a las Asociaciones y Colegios profesionales básicamente constreñidos o
encapsulados solamente en el otorgamiento de la matrícula profesional
habilitante para el desempeño laboral, en la fiscalización del ejercicio de los
graduados, en la verificación del cumplimiento de los llamados Códigos de
Ética.
Sin duda alguna, el fortalecimiento de la conciencia asociativa de las y
los trabajadores sociales nos parece un aspecto clave para la profesión. Pero
aspiramos a la existencia de una conciencia gremial sólida, plasmada en
múltiples acciones, no exclusivamente volcada a las reivindicaciones de índole
profesional (legítimas, por cierto), sino también ligada a la problemática
social en su conjunto y a situaciones de orden general que se produzcan en su
región o país.
Creemos que una asociación o colegio de trabajadores sociales no debería
estar ajena y silenciosa ante las diversas y permanentes problemáticas sociales
que se registran en su jurisdicción o región.
Ante la cruda magnitud con que suele verificarse en nuestros países, las
diversas y complejas expresiones de la cuestión social, ¿resulta justificable
que una asociación o colegio de trabajadores sociales se aboque sólo al
planteamiento de requerimientos y aspiraciones profesionalistas de su categoría
corporativa?
Seguramente las modalidades de expresarse, de reclamar, de llevar
adelante acciones administrativas y también mediáticas para contribuir a la
sensibilización de la opinión pública, podrán ser múltiples y variadas de
acuerdo a cada realidad en particular, pero manteniendo el convencimiento de la
necesidad (y ¿la obligación) de hacer oír nuestra voz en pos de causas justas.
Reafirmamos, entonces, que aspiramos que los Colegios o Asociaciones de
trabajadores sociales se transformen en instrumentos que, además de levantar
reivindicaciones profesionales específicas, contribuyan al esclarecimiento, a
la caracterización y a la denuncia de los problemas que afectan a toda la
comunidad y, en particular, lo atinente a los problemas sociales que padecen
los sectores populares.
Entendemos que la propia ALAEITS (Asociación Latinoamericana de
Enseñanza e Investigación en Trabajo Social) debería expedirse regularmente
sobre cuestiones latinoamericanas de significativa importancia, más allá de lo
específico de nuestra profesión. Por ejemplo (y esto estaba referido al año
2009), acerca de la grave situación de quiebre democrático que sufrió el
hermano país de Honduras. O sobre la instalación de bases militares
norteamericanas en la hermana República de Colombia, que afecta la soberanía
continental. Ello permitiría, además del justo y explícito testimonio del
colectivo profesional de las y los trabajadores sociales latinoamericanos, que
ALAEITS incrementara su identidad, irradiara su presencia continental e
instalara en actos concretos el ejemplo de un inclaudicable compromiso con las
grandes causas de la humanidad”.
Estas
últimas consideraciones están publicadas en el libro “Crónicas y textos de lo
social”. Buenos Aires. Espacio Editorial. 2010 (“La Agenda para el Trabajo
Social en América Latina y su articulación”).
Para
concluir, quiero expresarles con todo énfasis mi alegría y también mi orgullo,
como miembro de la categoría profesional, por los posicionamientos que viene
adoptando nuestra Federación Argentina de Asociaciones Profesionales de
Servicio Social. No solamente concretaron el cambio de fecha del Día del
Trabajador/a Social en Argentina, fijándolo en el 10 de diciembre, en
consonancia con el Día Internacional de los Derechos Humanos, lo cual vino a
plasmar una vieja y legítima aspiración de vastos sectores de la profesión. A
ello se suman las importantes y contundentes declaraciones públicas, en contra
de las acciones más obscenas del capitalismo financiero internacional,
plasmados en un nuevo intento de verdaderos crímenes de lesa humanidad a cargo
de los “fondos buitres”; como así también la certera crítica a las prácticas
genocidas llevadas a cabo por el gobierno de Israel contra el pueblo de Gaza.
Estos
posicionamientos nos dignifican y jerarquizan como profesión, por todo lo cual
me permito agradecer y felicitar a la
FAAPSS , en la persona de su Presidenta, la colega misionera
Silvana Martínez.
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